Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida por la abogada Gloria Alicia Cortés Charry, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 27.232, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente OMNILIFE DE VENEZUELA, C.A., contra el ACTA DE COBRO N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DCE/CC/2015-000300-1 de fecha 17 de junio de 2015, emanada de la División de Contribuyentes Especiales de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), notificada en fecha 03 de julio de 2015, a través de la cual se emplaza a la contribuyente al pago de las obligaciones tributarias contenidas en el acta de cobro N° SNAT/INTI/GRTI/RCA/DCE/CC/2014-000300 de fecha 04 de noviembre de 2014, por concepto de impuesto, multa e intereses, determina.....