DISPOSITIVO
Con base a los argumentos precedentes este Juzgado Vigésimo Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA REPOSICION DE LA CAUSA al estado de admisión de la demanda contra el ciudadano FRANCO FERREIRA en los términos señalados en el libelo de demanda, para lo cual se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito y Circunscripción Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197 y 148.