DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CONSUMADA LA PERENCIÓN y en consecuencia extinguida la instancia conforme al artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en la querella funcionarial interpuesta por el abogado GREGORIO IGNACIO CROPPER JEAN LOUIS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 65.851, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano VICTOR DOMINGO COLINA ALVARADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 10.849.256, en contra de la DIRECCIÓN DE LOS SERVICIOS DE INTELIGENCIA Y PREVENCIÓN (DISIP), hoy SERVICIO BOLIVARIANO DE INTELIGENCIA NACIONAL (SEBIN), adscrito al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz.