Observa este Órgano Jurisdiccional que la parte querellante al formular dicha solicitud aportó los datos y medios suficientes que llevan a este Juzgado a considerar que los documentos cuya exhibición se pretende se encuentran en manos del adversario, y que en atención a la norma transcrita la prueba de exhibición es el medio idóneo para traer a juicio la exhibición de los documentos que aquí se requieran, siendo además oportuno señalar que la solicitud formulada cumple con los parámetros contemplados en la norma trascrita, razón por la cual se admite, en consecuencia, se ordena intimar mediante boleta al Presidente Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), para que bajo apercibimiento comparezca por ante este Tribunal a las 11:30 a.m., del segundo (2do.) día de despacho siguiente a la constancia en autos de su intimación, y exhiba el original del expediente administrativo solicitado por la representación judicial de la parte querellante, conforme fue solicitado en su escri.....