En atención a las anteriores consideraciones, este Tribunal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que por PRESCRIPCIÓN DE HIPOTECA que intentaran los ciudadanos Juan Roberto Herard Gallardo y Ada Marina De Herard subrogados en los derechos de MEDITRON C.A, en contra de la sociedad mercantil Edificaciones Interamericana C.A, ambas partes suficientemente identificadas al inicio de este fallo,y en consecuencia, de ello se declara:
PRIMERO: Extinguida la hipoteca inmobiliaria convencional de segundo grado constituida por MEDITRON C.A, subrogándose en los Derechos de la prestataria a la orden de Edificaciones Interamericana C.A.(acreedor hipotecario) los ciudadanos JUAN ROBERTO HERARD GALLARDO Y ADA MARINA DE HERARD, por la cantidad de NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (Bs.95.000,00), de fecha 28 de Julio 1977, por documento debidamente protocolizado por ante la oficina Subalterna del Se.....