Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por el abogado MANUEL HERRERA RODRÍGUEZ inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 42.709, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por éste Tribunal en fecha 07/10/2011. Como consecuencia de la admisión del recurso de casación interpuesto se ordena la inmediata remisión del presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, mediante oficio que a tal efecto se acuerda librar. Asimismo por cuanto se evidencia que el presente expediente presenta enmendadura en los siguientes folios: 215, 234, 268 y 353 todos inclusive, es por lo que se ordena la corrección de la misma de conformidad con lo dispuesto en.....