En virtud de las consideraciones antes expuestas, Este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 364, 365 y 367 del Código Orgánico Procesal, PRIMERO: ABSUELVE a al ciudadana: MERY ISABEL JIMÉNEZ ÁLVAREZ, cédula de identidad Nº 17852549(no la porta), venezolana, nacida en Barquisimeto, estado Lara, en fecha 28-12-1978, de 30 años de edad, soltera, hija de Ana Luisa Álvarez Campos y José Ezequiel Jiménez Alvarado, (Recluida en el CPRCO Uribana) SEGUNDO: Cesa la medida de privación de libertad que pesaba en contra de la ciudadana: MERY ISABEL JIMÉNEZ ÁLVAREZ, cédula de identidad Nº 17852549, titular de la cédula de identidad Nº 11.593.626 en consecuencia se ordeno su libertad desde la sala de audiencias.
TERCERO: Notifíquese. Regístrese, Publíquese, remítase el arc.....