(...) este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN presentada en la presente oferta real de pago, ambas partes identificadas en autos, en los términos expuestos por ellas. Visto que consta el pago acordado se da por concluido el proceso y se ordenará el cierre y archivo del expediente una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión. Así se establece.- Déjese copia de la presente decisión.-
El Juez,
Abg. Juan Carlos Medina Cubillan