DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: se homologa el desistimiento planteado en el presente juicio, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 266 del ejusdem.
Déjese Copia Certificada de la presente decisión en el Copiador de Sentencias de este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Remítase en su oportunidad legal al Tribunal de origen.
Publíquese, Regístrese y Remítase en su oportunidad. Déjese copia certificada de la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Octavo Civil, Mercantil, Tránsito y B.....