Se dictó y publicó decisión mediante la cual este Organo Jurisdiccional declaró: SU COMPETENCIA, para conocer y decidir la Querella Funcionarial interpuesta por las abogadas Vanessa Aicylef Veloz López y Milena Liani Rigall, inscritas en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo los números 100.352 y 98.469, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano EDDY FARINHA GONCALVES, titular de la cédula de identidad número V- 12.070.934, contra la UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL MARÍTIMA DEL CARIBE (U.M.C.).
SEGUNDO: DECLARÓ CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial.
TERCERO: ORDENÓ pago de los sueldos dejados de percibir con las variaciones que en el tiempo haya tenido, desde la fecha de notificación del acto (09 de octubre de 2012), hasta la fecha de la efectiva reincorporación al cargo y el consecuente pago de todas aquellas bonificaciones que no ameriten la prestación efectiva del servicio, cálculos que deberán realizarse a .....