declara:
1.- NIEGA la oposición formulada por el abogado GARY JOSEPH COA LEÓN, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.230, en su carácter de Sustituto del Procurador del Estado Vargas.
2.- RATIFICA la Medida Cautelar de Amparo Constitucional acordada en decisión de fecha 22 de enero de 2007 dictada en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar de Amparo Constitucional por los ciudadanos NINOSKA DE LA TRINIDAD PAREDES, CAROLINA RUIZ MONTESINOS, JUAN ANTONIO LIENDO CARDONA Y NORBERTO FELIPE LÓPEZ PÉREZ, portadores de las cédulas de identidad Nros. 11.058.255, 6.496.130, 6.481.541 y 6.426.530 respectivamente, asistidos por el abogado PEDRO BALART MIESES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 14.904, contra el acto administrativo de la Junta Directiva del Consejo Legislativo del Estado Vargas mediante sesión efectuada el día 5 de enero de 2007, transcrita mediante Acta Nro. 01 (Minuta) en la Gaceta Oficial del Estado Vargas Nro......