PRIMERO: CON LUGAR, el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 15 de noviembre de 2.011, por el ciudadano abogado CARLOS EDUARDO LÓPEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 6.921.914, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 65.144, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en la presente causa, ciudadano JOSÉ MIGUEL LÓPEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 4.612.448. Así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior se ordena a la Juzgadora de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a dictar sentencia en la presente causa sin dilación alguna, garantizando así el principio de celeridad procesal, debido proceso y tutela judicial efectiva. Asimismo, en caso de resultar procedente la acción posesoria propuesta y por ende la restitución del lote de terreno.....