Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano ELIECER LANDAETA RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad N° 12.667.945, asistido por el abogado Francisco Lepore, Inpreabogado N° 39.093, contra el FONDO DE PROTECCIÓN SOCIAL DE LOS DEPÓSITOS BANCARIOS.
SEGUNDO: Se declara la nulidad del acto de remoción-retiro que afectó al querellante y se ordena al Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios, reincorporarlo al cargo de Analista Financiero I, adscrito al Departamento de Administración de Bienes Muebles e Inmuebles adscrito a la Gerencia General de Activos y Liquidación del Fondo de Protección Social de los Depósitos Bancarios o a otro de igual jerarquía y remuneración en el mismo Ente, .....