"...se ordeno el cumplimiento voluntario de la demolición de pared que arranca del ángulo Nor Este del lindero Norte del Apartamento marcado como PH y que ancla en el muro perimetral del lindero Norte de la Planta PH o zotea del Edificio GURI, y no habiéndose dado cumplimiento voluntario por parte de los demandados ciudadanos MAXIMILIANO GONZÁLEZ CITTERIO y BERNARDO GONZÁLEZ CITTERIO y encontrándose en consecuencia en ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha el 17 de febrero del 2012, por el Juez de Paz de la Circunscripción Judicial Intramunicipal 1.9.2, Municipio Barura Estado Bolivariano de Miranda, tal y como lo ordena el presente mandamiento de ejecución, éste Tribunal de Municipio Ejecutor de Medidas procede a la demolición de la pared ut supra, con los auxiliares de justicia designados..."