III
En consecuencia, este Juzgado Décimo de Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
Primero: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el presente proceso.
Segundo: A los fines de garantizar el derecho a la defensa se ordena notificar a la parte oferente, dado que el presente fallo no produce gravamen para la oferida. Líbrese notificación.
Publíquese y Regístrese la presente decisión.
El Juez Titular
Abog. Anibal Abreu
El Secretario
Abog. Omaira Uranga.
En esta misma fecha (13/03/2015) se registró y publicó la presente decisión.-
La Secretaria
Abog. Omaira Uranga.