DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: LA EXTINCION DE LA OBLIGACION ALIMENTARIA POR MAYORIDAD De los BENEFICIARIOS intentado por MILAGROS DEL CARMEN GUEDEZ, Venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.580.049, domiciliada en Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara. En contra de EDUARDO RAFAEL MENDOZA PEREZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.638.740, domiciliado en Quíbor, Municipio Jiménez del Estado Lara. BENEFICIARIA: ENDER YEFERSON
No hay condenatoria en costas. Expídase copia certificada de la presente sentencia para que sea agregada al Libro respectivo, conforme a lo contemplado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. Publíquese y Regístrese. Dada, firmada, Sellada y refrendada en la sala del despacho del JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DE .....