Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO (1°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: LA CADUCIDAD de la acción en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad contra la Providencia Administrativa N° 00052/2023, Expediente N° 023-2021-01-00981, de fecha 15 de agosto de 2023, emanada de la Inspectoría del Trabajo sede Norte del Municipio Libertador del Distrito Capital, la cual declaró SIN LUGAR la solicitud de REENGANCHE Y RESTITUCIÓN A LA SITUACIÓN JURÍDICA INFRINGIDA incoada por el ciudadano JOSÉ LUIS HUANIRE RIVAS, plenamente identificado. SEGUNDO: No hay condenatoria en costa, dada la naturaleza del fallo. TERCERO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República.