Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana ANA YARITZA DE SISTO REBOLLEDO, en contra de la FUNDACIÓN JOSE FELIX RIBAS. En consecuencia, se ordena el pago de los siguientes conceptos: prestación de antigüedad de conformidad con el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, vacaciones fraccionadas y bono vacacional fraccionado del período 2006-2007, bonificación de fin de año fraccionadas del año 2007 y las indemnizaciones previstas en el artículo125 de la Ley Orgánica del Trabajo, dado lo injustificado del despido, cuyo monto será determinado mediante experticia complementaria del fallo a realizarse por un único experto, observando el mismo que la prestación de antigüedad debe calcularse mes a .....