declara las presentes actuaciones Titulo suficiente que acredita a los ciudadanos: AURA MARIA GUERRA DE ABELLO, RODULFO GUERRA BRICEÑO, CARMEN HAYDE GUERRA DE FARIÑA, ELIZABETH GUERRA DE MORENO y ZOILO GUERRA BRICEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 8.090.276, 5.123.356, 4.112.895, 5.124.416 y 2.549.024, respectivamente, como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Cujus ciudadano: LUIS GONZAGA GUERRA BRICEÑO, quien fuera titular de la cédula de identidad N° 4.112.894, quien falleció el 10 de Octubre de 2008, en el KM: 12 Vista Hermosa Casa N° 3 El Junquito.- Asimismo el Tribunal acuerda expedir por secretaría, las referidas copias certificadas solicitadas, con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto que las acuerda expedir.- Líbrense copias certificadas conforme a lo establecido en los artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales co.....