Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: SE DECRETA LA MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO PREVENTIVO SOBRE BIENES MUEBLES propiedad de la parte demandada, REPRESENTACIONES AURIVEN, C.A, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Anzoátegui en fecha 26 de Marzo del 2012, bajo el N° 49, Tomo 11-A, con modificación inscrita ante el mismo Registro Mercantil en fecha 6 de Junio del 2014, N° 45, Tomo 36- A, representada por los ciudadanos AURORA CRISTI SALAZAR GALINDO en su carácter de Presidenta y JOSE RAFAEL ROJAS RAMIREZ en su carácter de vice-presidente, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-19.012.294 y V-3.955.185, respectivamente, ambos domiciliados en la ciudad de Barcelona, Estado Anzoátegui, HASTA CUBRIR LA CANTIDAD DE N.....