Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA, mediante la cual se declaró CON LUGAR el RECUSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 18 de marzo de 2014, por la abogada Silvia Dickson Urdaneta, en su condición de apoderada judicial de la ciudadana Beatriz Josefina Gil Rivero, contra la decisión dictada en fecha 13 de marzo de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, En consecuencia, se declaró INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana María Virginia Piñero Rojas, contra la asociación civil Junta de Condominio Parque Residencial L´ermitagea. Se revocó la medida preventiva decretada.