PRIMERO: Con lugar la Inhibición con fundamento en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por el Dr. MANUEL PUERTA GONZALEZ, en su condición de Juez Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, surgida en el procedimiento de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES incoado por Oswaldo Rafael Idrogo contra Lisbeth de la Trinidad Rivera Quintero.-
SEGUNDO: Líbrense copias certificadas y remítanse al Juez Inhibido.-