V
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones en su Sala Quinta del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad que le confiere la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado Jorge Ojeda Sgambatti, en su carácter de Defensor del penado Nelson Jesús Machado Martínez, en contra de la Sentencia publicada por el Juzgado Octavo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 18/01/07. En consecuencia se mantiene el cuantum de la pena establecido, como es Once (11) años y Tres (03) meses de Presidio modificando la especie de la pena y se establece que la especie que corresponde es la de Prisión. Todo lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 457 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Diaríce.....