Cumplidos como han sido los requisitos de ley en este juicio y por las razones que han sido expresadas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente FLORISTERÍA LA PERLA DE GUARENAS, S.R.L., por intermedio de su representante legal Manuel Basilio De Abreu Macedo, debidamente asistido por el abogado Jaime Tugores Sánchez, Inpreabogado N° 57.226, contra la Resolución (Imposición de Sanción) N° RCA/DFTD/2002-07394, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENIAT, de fecha 09-10-2002, y la Planilla de Liquidación N° 01-10-01-2-27-002407 de fecha 03-04-2003, en los términos siguientes:
PRIMERO: Se confirma el contenido de la Resolución (Imposición de Sanción) N° RCA/DFTD/2002-07394, e.....