Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- ADMITIDA la acción de nulidad incoada por la entidad de trabajo denominada "COMUNICACIONES NEOSAT COMPAÑÍA ANÓNIMA" contra el ACTO ADMINISTRATIVO Nº 700-13 DEL 29/10/2013 EMANADO DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS (EXPEDIENTE Nº 027/2013/01/02482), adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Trabajo.- 2.- IMPROCEDENTE la solicitud de amparo cautelar formulada conjuntamente con la indicada pretensión administrativa de nulidad. 3.- Se deja constancia que el lapso (cinco -5- días de despacho previsto en el artículo 87 en concordancia con el 88 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión sobre la solicitud de amparo cautelar, comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive-.-