El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición a la admisión de las pruebas promovidas por la recurrente PRODUCTOS SWISSAGRO, C.A., formulada por la representación judicial del Municipio Sucre del estado Miranda y, en consecuencia, se admite por no ser en su contenido manifiestamente ilegales ni impertinentes en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, las pruebas documentales y de mérito favorable antes señaladas.-