En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Definitiva Nº 779 de fecha 19 de enero de 2001, recaída en el recurso contencioso tributario interpuesto por el contribuyente "CÍRCULO DE LECTORES, S.A.", y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución.