Por los razonamientos antes expuestos, esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la abogada ELEOMAR CECILIA SALAZAR, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano FREDDYS ALBERTO MICHELENA COELLO, en contra de la decisión dictada en fecha 05 de junio de 2007, por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, la cual negó la entrega del vehículo que a continuación se describe: marca Toyota, modelo Corolla 1.8 M/T, año 2004, color Gris, serial de carrocería 8XA53ZEC249503356, serial de motor 4 cilindros, clase automóvil, tipo sedan, de us.....