VI
DISPOSITIVA
Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento en las precedentes consideraciones y artículos 2, 23, 26 y 253 Constitucionales, 13 y 22 del Código Orgánico Procesal Penal y artículos 601 y 602, literal e) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ABSUELVE a ( se omite identidad), venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- ( se omite identidad), nacido en Caracas el 07-11-1988, hoy con 18 años de edad, soltero, residenciado en Barrio El Mirador, calle Santander, casa S/N, Petare, Municipio Sucre, Estado Miranda, por la comisión del delito de Robo Agravado tipificado en el Articulo 458 del Código Penal, en agravio de Freddy Gabriel Romero Cárdenas. Así mismo, se ordena la cesación de las medidas restrictivas de libertad a que estuvo suje.....