Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se declara INCOMPETENTE para conocer de la apelación propuesta el 10 de mayo de 2004 por la abogada CONSUELO ARÉVALO, viuda de BOCACHE, contra la sentencia de fondo dictada el 29 de abril de 2004 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y DECLINA el conocimiento de la presente causa en la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, se ordena remitir el presente expediente a dicha Sala.
Remítase copia de este fallo al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los solos fines informativos.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
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