Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Tributario interpuesto Abogado Pedro Rengel Núñez, titular de la Cedula de Identidad Nº 5.539.335, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 20.443, en su carácter de apoderado judicial de ASOCIACION CIVIL "ESCUELA CAMPO ALEGRE", inscrita en el Registro Inmobiliario del Segundo Circuito de Baruta del Estado Miranda en fecha 06-09-2005, bajo el Nº 49, Tomo Primero, domiciliada en Final Calle la Cinta Las Mercedes, Escuela Campo Alegre, Estado Miranda, con Nº de Aportante al INCE 427452, contra el oficio identificado con el Nº 210.100-257-243 de fecha 21 de julio de 2010, emanado del Instituto Nacional de Ca.....