DISPOSITIVO
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PERENCIÓN DEL PROCEDIMIENTO en la demanda de nulidad interpuesta por la ciudadana ESTEFANIA SANCHEZ OJEDA venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 2.951.235, contra la Resolución N° 182 dictada el 27/11/1987 por la Inspectoría del Ministerio del Trabajo en el Municipio Libertador del Distrito Federal en la Sala de Fuero Sindical, la cual declaró con lugar el procediendo de calificación de despido intentado por la empresa "C.A. Hospitalización Instituto Diagnostico. SEGUNDO: Dada la naturaleza del fallo no hay expresa condenatoria en costas.