Por las razones expuestas, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara con lugar el recurso contencioso de nulidad interpuesto por el abogado ANTONIO GARCIA TAPIA, procediendo en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MARIA AMPARO AIRA DE LOPEZ, JUAN CARLOS LOPEZ AIRA y BETTY ANA LOPEZ AIRA, ya identificados, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 009394, de fecha veinte (20) de junio de dos mil cinco (2005), emanada de la Dirección de Inquilinato del Ministerio de Infraestructura, que reguló el inmueble denominado Quinta "BETTY", N° 9, Número Catastral 22-04-04-58, ubicada en la Tercera Calle, Urbanización Bella Vista, Parroquia La Vega, que reguló dicho inmueble. Acto administrativo cuya nulidad se declara.
SEGUNDO: A los fines de restablecer la situación jurídica lesionada por el acto provisto de nulidad absoluta, se fija al inmueble antes iden.....