Declarada PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y SUS ACCESORIOS reclamada por el Municipio Libertador del Distrito Federal a la Contribuyente AUTOMOTRIZ VENEZOLANA, C.A., dado que desde la paralización de la causa, fecha en que se efectuó el último acto de procedimiento, hasta el día de hoy, ha transcurrido sobradamente el lapso previsto en los Artículos 52 y siguientes del Código Orgánico Tributario de 1994.