Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el abogado Francisco José González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 142.993, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana TAILY AGUSTINA DEL PILAR GALINDO ÑAÑEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.117.929, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA ENERGÍA ELÉCTRICA. En consecuencia:
- Se declara la NULIDAD del acto administrativo contenido en el oficio Nº MPPEE-ORRHH-2491/2013, de fecha 25 de noviembre de 2013, emanado de la Dirección General de Recursos Humanos del Ministerio del Poder Popular para la Energía Eléctrica, mediante el cual se modificó el monto otorgad.....