En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: INADMISIBLE, la acción que por RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD, incoado por la ciudadana ELIDA LOURDES DE MOUSSALLI, Venezolana, Titular de la cedula de Identidad N° V-11.267.257 y de este domicilio, contra los ciudadanos UBINALDO ARRIECHE, Venezolano, Titular de la Cedula de Identidad N° V-3.537.728 y la ciudadana MARIA URDANETA (no se aportaron datos de identificación). SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Trece (13) días del mes de Octubre del Año Dos Mil Veintidós (2022). .....