Firme como ha quedado la decisión dictada por este Tribunal en fecha 19 de octubre de 2.009; se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo se ordena realizar por Secretaría el cómputo de los días de despacho trascurrido desde el 19 de octubre de 2009, exclusive, hasta la presente fecha, inclusive. Líbrese el correspondiente oficio