PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha, dos (02) de agosto de dos mil trece (2013), dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión apelada, y se ordena a la demandada el pago de los honorarios de los expertos, Ildemary Granados y Luis Castellanos, conforme a los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo. No hay condenatoria en costas.