Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Noveno Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- PRIMERO: Consumada de pleno derecho la PERENCIÓN y en consecuencia EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la causa interpuesta por el abogado Manuel Enrique Reyes Peña, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 62.982, actuando en su carácter Auditor Interno de la AUDITORÍA INTERNA DEL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO LOS SALÍAS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, contra el MUNICIPIO LOS SALÍAS DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA a través de su CONTRALORÍA,
- SEGUNDO: INOFICIOSO la notificación a las partes, conforme lo establecido en la parte motiva de este fallo.