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Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo (2°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: CONFORME A DERECHO la decisión consultada. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WILLIAN ANTONIO ORTEGA GUTIERREZ CONTRA DESARROLLO GRAN CARACAS, (HOTEL VENETUR ALBA CARACAS). TERCERO: SE CONDENA a la demandada a pagar a la parte actora los conceptos y cantidades establecidos en la motiva del presente fallo. CUARTO: SE CONFIRMA la decisión de fecha 30 de abril de 2018, dictada por el Juzgado Segundo (2°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
No hay condenatoria en costas, en virtud de lo resuelto supra.
Se ordena la notificación de las partes, en virtud de que la Juez, quien preside este Juzga.....