DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Décimo de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesta en fecha 10/08/2017, por la parte recurrente CERVECERIA POLAR C.A., contra el acto administrativo, que corre inserto en el expediente administrativo Nos: 079-2016-01-01398 que ordenó el reenganche y restitución de derechos del ciudadano Randy Caldera. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.-
Se ordena la notificación a las partes.