Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Décimo Tercero de
Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del
Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON
LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A del Código Civil, formulada por los
ciudadanos CARLOS LUIS GONZÁLEZ SOTO y CARMEN ELENA CABRERA,
venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-
6.148.623 y V-6.014.553, respectivamente, debidamente asistidos por el
profesional del derecho ORLANDO ENRIQUE MEDINA GIL, abogado en ejercicio
e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 251.793.
En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos
contraído en fecha 12 de noviembre de 1977, por ante la Primera Autoridad Civil
de la Parroquia el Valle, Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital,
según consta de Acta de Matrimonio Nº 247, asentada en el libro de.....