PRIMERO: Declara con lugar, de conformidad con lo establecido en los artículos 173, 190, 191 y encabezamiento del artículo 457 del Código Orgánico Procesal Penal, la pretensión del Fiscal 57º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, relativa a que se anule, por falta de motivación, la sentencia absolutoria dictada el 25-10-2007 por la Juez 22ª de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en favor de JORGE LUIS LUZON.
SEGUNDO: Ordena la celebración de un nuevo juicio oral y público ante un juez distinto a la Abg. DAYANHARA GONZALEZ SEIJO.