PARTE DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriores de hecho y de derecho, este Juzgado Décimo Noveno (19º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN suscrita entre las partes por un monto único de TRES MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON NUEVE CÉNTIMOS (Bs. 3.669.774,09). SEGUNDO: SE DECLARA IMPROCEDENTE LA HOMOLOGACIÓN POR DIEZ MIL DÓLARES AMERICANOS (US$. 10.000,00), por ser moneda extranjera y no la de curso legal como lo es el Bolívar. Publíquese y Regístrese, Déjese copia certificada. Se ordena la publicación en la página del Tribunal Supremo de Justicia WWW.TSJ.GOB.VE. Se ordena que una vez transcurrido el lapso de cinco (5) días hábiles al de hoy este.....