ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado JOSÉ GREGORIO CARRILLO RUIZ, actuando en este acto en su carácter de Fiscal Décimo Tercero a Nivel Nacional del Ministerio Publico, de la decisión dictada en fecha 21-12-2006 por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, donde se acuerda el beneficio de Régimen Abierto al ciudadano JULIÁN REVETTE MORILLO de conformidad con lo previsto en los artículos 500 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, se acuerda resolver la procedencia de la cuestión planteada dentro del lapso de diez (10) días hábiles contados a partir del presente auto de admisión conforme a lo establecido en el artículo 450 del Código Adjetivo Penal.