Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento de la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la empresa Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la "Nestlé Venezuela, S.A", interpuesta por el ciudadano José Antonio Carrero Araujo, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.901.013 e inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogados bajo el N° 35445, contra las Resoluciones Nos. FBSA 200 03 y FBSA 200 04 de fercha 01 de febrero de 2008, emanadas del Ministerio del Poder Popular parta las Finanzas, violando el derecho a la Información, Debido Proceso, Derecho a la Propiedad y Libre Tránsito, 143,49, 115 y 50, respectivamente, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.