Por lo anteriormente expuesto y en atención a la norma anteriormente transcrita y acogiéndose a la misma, este Tribunal administrando Justicia, en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en todas y cada una de sus partes al Convenimiento celebrado entre las partes con motivo del juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL tiene incoado sociedad Mercantil INVERSIONES CARPIMACHADO, C.A., contra la sociedad mercantil FABRICACION DE PINTURAS ACRILAC S.R.L y acuerda proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. ASÍ SE DECIDE.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE y DÉJESE COPIA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS DEL TRIBUNAL.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Vigésimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, 14 de marzo de 2019.- Años: 209º y 160 º.
LA JUEZ,
DRA. IRENE GRISANTI CANO.
LA SECRETARIA ACC,
Abg.....