En fecha 14/04/2010, se cumple parcialmente la Comisión en la siguiente dirección: Carrera 9 entre Calles 2 y 3 S/N° de Pueblo Nuevo, Barquisimeto. El Tribunal notificó a la Ciudadana Dilcia Coromoto Pérez de Camacaro esposa del demandado. Se juramenta a Perito y Depositario. La Parte Actora señala bienes a embargar. El Perito los valora en 29.000 Bs. El Tribunal los embarga preventivamente hasta por el monto indicado. La parte actora pide al Tribunal que en aras a un posible arreglo deje lo embarga en custodia de la Notificada por un lapso de 5 días a partir de la presente fecha. El Tribunal, visto lo expuesto por la parte actora y por tratarse de bienes del hogar y autorizarlo al Ley de Depósito Judicial, acuerda dejar los bienes en custodia de la Notificada, quien acepta ser custodio de los bienes por el lapso ya dicho. El Tribunal da por concluida su misión y regresa a su sede siendo las 12:15 a.m.