Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS (EN TRANSICIÓN), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 242, 243 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en los artículos 1185 y 1186 del Código Civil y 314 de la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, declara: CON LUGAR LA DEMANDA incoada por el Ministerio Público contra los ciudadanos JOSÉ GUSTAVO DI MASE ( Presidente Banco Construcción) y CARMEN ELISA SOSA PÉREZ, ( Gerente Banco Construcción) NORMA JOSEFINA GIL DE MARCANO viuda del fallecido ELIO SAMIR MARCANO ( Vicepresidente de Contabilidad y ejerció los cargos de Director Principal y Vicepresidente Ejecutivo de Banco Construcción), ELEONOR MARGARITA MARCANO GIL, ELIO SAMIR MARCANO GIL, OSWALDO MARCANO GUZMAN. En consecuencia.....