Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1-. IMPROCEDENTE la impugnación planteada por el abogado Daniel Buvat, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 34.421, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES TANTRIX, C.A., respecto al poder presentado en fecha 20 de abril de 2015 por la representación judicial de la parte demandada conforme a la parte motiva de la presente acción.
2.- EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA DEMANDA POR LA PERDIDA SOBREVENIDA DEL INTERÉS PROCESAL en la demanda por "vías de hecho" incoada por el abogado Daniel Buvat, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 34.421, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES TANTRIX C.A.
3.- IMPROCEDENTE la solicitud de.....